Condiciones de alquiler

1. HOMS RENTALS cede en arrendamiento, al arrendatario según datos adjuntos en el presente contrato, los bienes de su propiedad detallados, a partir de la fecha indicada.

2. En el presente documento aparece reflejado el precio del arrendamiento de los bienes descritos, incluyendo en el mismo sus servicios de mantenimiento básicos.

Quedan exentos de dicho precio los siguientes conceptos:

  • Montajes y desmontajes (modular y andamio).
  • Transportes.
  • Suplemento de cobertura.
  • Limpieza del bien arrendado.
  • Gestión medioambiental.
  • Reparación de pinchazos.
  • Cobertura por siniestro.
  • Reposición de llaves (maquinaria y modular).
  • Combustible suministrado.
  • Reparaciones por malos usos.

El precio del arrendamiento será calculado por día, mes o periodo previamente acordado en función del bien arrendado.

La maquinaria arrendada por días se estimará para jornadas de trabajo de diez horas, salvo acuerdo previo al contrario.

La facturación se emitirá mensualmente. Se podrá poner a disposición del arrendatario toda la información necesaria para la confirmación de la factura.

El impago de cualquier plazo convenido, faculta al arrendador a, pasados ocho días de haber comunicado dicho impago al arrendatario, por telegrama o carta certificada y con acuse de recibo, retirar inmediatamente el material arrendado y la concurrencia de todos los gastos inherentes al impago al arrendatario.

El arrendador se reserva la potestad de ceder sus créditos a entidades bancarias o a crédito y caución o gestorías de cobro.

3. El día de la entrega de los bienes arrendados comenzará el plazo de duración del presente contrato, finalizando en la fecha en que se solicite la retirada del mismo.

4. Los bienes arrendados se entregarán en el lugar indicado por el arrendatario, en perfecto estado, con la documentación acreditativa de los requisitos administrativos, técnicos y de seguridad necesarios para su correcto uso, establecidos por ley.

Los bienes arrendados serán utilizados en el lugar indicado por el arrendatario.

Los cargos derivados de la utilización de los bienes arrendados fuera de la dirección de entrega serán a cargo del arrendatario.

Toda maquinaria que precise combustible se suministrará con el depósito lleno. La maquinaria diesel se suministrará con gasóleo A.

Los albaranes de entrega y retirada serán suscritos por el arrendatario o por la persona que recoja la maquinaria en su nombre, haciendo constar en el mismo nombre y DNI.

La aceptación del albarán por parte del arrendatario supone la aceptación del correcto estado de los bienes arrendados.

5. El mantenimiento estándar de la maquinaria se llevará a cabo en su lugar de trabajo. El mantenimiento propio de la maquinaria se realizará en las instalaciones del arrendatario, en el área destinada a tal fin. Para ello, el arrendatario deberá facilitar tanto el acceso al bien arrendado como tener habilitado un área para tal fin.

Toda avería ocasionada en el bien arrendado, por haber impedido el arrendatario el mantenimiento preventivo, será a su cargo.

El arrendador se hace cargo de la gestión medioambiental de componentes y recambios de la maquinaria arrendada.

Bajo ningún concepto se admite por parte del arrendatario reclamación de daños, pérdidas o lucro cesante por causa de averías mecánicas.

6. El arrendatario devolverá los bienes arrendados en perfecto estado de uso y limpieza. En caso de no ser así los gastos ocasionados se facturarán por cuenta del arrendatario. Todo bien arrendado no devuelto será facturado al arrendatario según precio de reposición a nuevo.

7. Serán por cuenta del arrendatario los daños, averías y sanciones ocasionados por la utilización de un combustible no autorizado legalmente.

8. El arrendador presta las siguientes coberturas:

  • Seguro de circulación obligatorio (maquinaria que lo requiera).
  • Seguro de responsabilidad civil para todos los daños causados a terceros por hechos achacables a la propia máquina.

El arrendatario está obligado a asegurar la responsabilidad civil derivada de la utilización de los vehículos. Y a cumplir la normativa legal que tengan establecidos los ministerios de industria y de trabajo, o los competentes según su actividad.

  • Los daños derivados del mal uso o incorrecto manejo de la maquinaria arrendada como de las posibles cargas transportadas por ésta no quedan cubiertos por este seguro.
  • Los bienes arrendados no serán abandonados fuera de las horas de trabajo, sin protección suficiente, tal como guardarlo en lugar cubierto y encerrado, encadenado, retirando las llaves y la documentación oficial guardada aparte de las mismas, etc. Toda falta en este aspecto, supondrá la pérdida de la garantía de renuncia a reclamar.

De producirse la sustracción o pérdida de una máquina, el arrendatario tiene la obligación de presentar inmediatamente denuncia e informar al arrendador dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del siniestro, haciendo constar las circunstancias, fecha, hora y lugar del incidente, así como la identificación completa del bien arrendado. El alquiler se cobrará hasta la fecha de entrega de la denuncia.

9. Suplemento de cobertura:

En los casos de sustracción, pérdida o actos vandálicos sobre los bienes cedidos en régimen de arrendamiento, el cliente debe responder según su valor de reposición a nuevo.

Mediante el citado suplemento, de un porcentaje sobre el alquiler facturado, pactado previamente con el cliente. En los casos descritos en el párrafo anterior, la obligación de responder sobre el 100% del valor a reposición a nuevo de los bienes cedidos, gozará de las siguientes franquicias:

  • Si su valor de reposición es inferior o igual a 5.000,00€ el arrendatario responderá del 50% de reposición a nuevo.
  • Si su valor es superior a 5.000,00€ el arrendatario responderá del 30% de reposición a nuevo.

Los casos de siniestro por incendio, el arrendatario deberá responder siempre del 100% del valor de reposición a nuevo de la maquinaria.

10. El arrendatario no tendrá permitido subarrendar el bien arrendado.

11. El arrendamiento podrá resolverse por alguna de las siguientes causas:

  1. Por finalización del periodo de arrendamiento señalado.
  2. Por mal uso a mala conservación de los bienes, a juicio del arrendador.
  3. Por impago de alguna de las cantidades estipuladas.
  4. Por mutuo acuerdo entre arrendador y arrendatario.
  5. Por avería irreparable de los bienes arrendados

12. Al tratarse de un alquiler sin conductor, el arrendatario será el único responsable de cualquier acción u omisión constitutiva de delito o falta contra la seguridad del tráfico en su circulación por vía pública. Si la maquinaria ha de quedar retenida en el depósito municipal el arrendatario se hará cargo del importe del alquiler correspondiente al tiempo de retención así como de los posibles gastos derivados de la recuperación de la máquina.

13. Toda comunicación entre las partes relativas del contrato deberá hacerse por escrito, enviadas a las direcciones especificadas en el encabezamiento del presente contrato.

Toda comunicación enviada a las direcciones indicadas se entenderá correctamente efectuada, excepto si el destinatario hubiera previamente notificado a la contraparte un cambio de dirección con una antelación mínima de diez días hábiles y por burofax certificado.

14. El arrendatario se someterá a los Juzgados y Tribunales de Mataró, con renuncia expresa del propio fuero, para todos los efectos derivados del presente arrendamiento.